El concepto de ahorro está asociado a existencia de un excedente resultante de la diferencia entre los ingresos y los consumos que genera una persona (física o jurídica) o un grupo de personas (por ejemplo una familia); y de otra parte está asociado también a la voluntad de que quien lo genera desee conservarlo en el tiempo para la realización de posibles actos de consumo o de inversión futuros. 

En momentos como el actual se evidencia una mayor sensibilidad que contrae la voluntad de consumir o de invertir para favorecer la generación de nuevos ahorros. Tras el período de confinamiento de los meses de marzo y abril, se estima que las familias ahorraron más de 60.200 millones de euros en España, que es el valor más alto de la serie histórica según datos del INE.

Aunque este indicador resulta atípico por las circunstancias que lo han provocado (llamémosle “miedo o prudencia” por la pandemia ocasionada por el COVID 19), no deja de ser una realidad que en circunstancias así todos tomamos consciencia de la necesidad de preservar una parte de nuestros ingresos a fin de cubrir futuras posibles o inciertas necesidades.

En este sentido, y frente a las alternativas de ahorro habituales (y actualmente muy poco remuneradas), y partiendo de un horizonte con vistas al futuro, queremos destacar las ventajas de ahorrar a través de Planes Individuales de Ahorro Sistemáticos o PIAS.

¿Qué es un PIAS?

Es una modalidad de ahorro destinada a la constitución de un capital de ahorro mediante aportaciones periódicas y primas suplementarias, con el que se puede obtener una buena rentabilidad de forma garantizada y sin asumir riesgo alguno en la inversión.

Esta modalidad de ahorro permite realizar aportaciones o ahorros con carácter periódico a lo largo del año o a través de una sola aportación, con el límite anual máximo de 8.000 € por ahorrador. El PIAS tiene un límite total de aportaciones fijado en 240.000 € a lo largo de la vida del producto.

El PIAS genera un rendimiento cuya tributación se manifestará exclusivamente en el momento en que se rescate el producto, y resultará exento siempre el producto se perciba en forma de renta vitalicia garantizada en un escenario futuro de al menos cinco años desde la realización de la primera aportación al PIAS, por lo que constituye una alternativa a los planes de pensiones y a los planes de previsión asegurados (PPA), al resultar generador de ahorro, sin riesgo para las primas aportadas, y con importantes exenciones en la tributación de tales rentas, que en función de la edad del asegurado pueden alcanzar el 92% de las rentas generadas.

Por otra parte cabe destacar que el producto goza de liquidez en caso de necesidad, ya que se podrá disponer de los ahorros a partir del primer año desde la fecha de su constitución, con el único inconveniente de tener que tributar por los rendimientos obtenidos en concepto de rendimientos del capital mobiliario en el impuesto sobre la renta.

Sin necesitas más información no dudes en contactarnos y te asesoraremos en la contratación de tu próximo PIAS.

 

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