Es el momento de pensar en el presente y también en el futuro. “Ahorrar con fundamento” es conseguir beneficios fiscales ahora, y generar el máximo ahorro para el futuro, y si además de la rentabilidad que genere el producto que escojamos podemos recibir hasta un 3% más de rentabilidad adicional, ¡mejor que mejor!
Qué productos te sugerimos y cuál es su tratamiento fiscal
Los Planes de Pensiones son el producto de previsión por excelencia, que te permite planificar tu futuro ahorrando con aportaciones que se van acumulando y capitalizando para ser disfrutadas al cabo de un tiempo. La rentabilidad de los planes de pensiones dependerá de los rendimientos de los activos en los que se invierta el plan. En función de la política de inversión del fondo de pensiones, se invertirá en activos monetarios, renta fija, renta variable o una combinación de estos. En este sentido es importante que recuerdes que: “<Rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras>”.
El Plan de previsión asegurado (PPA) es una opción destinada a la constitución de un capital de ahorro, mediante aportaciones periódicas y/o primas suplementarias, que te ofrece una buena rentabilidad de forma garantizada sin asumir ningún riesgo en la inversión. Tu dinero crecerá cada día gracias a esta rentabilidad garantizada y, además, contarás con una rentabilidad adicional que se te irá abonando gracias a tu permanencia.
Tú decides las cantidades a aportar a cualquiera de estos productos, con el límite máximo legal permitido para cada caso. Recuerda que las aportaciones efectuadas a los planes de pensiones o al plan de previsión asegurado reducen la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta el límite del 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de las actividades económicas percibidas individualmente, con el límite máximo general de 8.000 €, siempre que al final no resulte una base liquidable negativa. Si se diera el caso, se podrá utilizar este exceso para reducir la base imponible de los cinco años siguientes con el mismo límite.
Las aportaciones que haga una persona con minusvalía a su plan de pensiones o que realicen otras personas a su favor, no pueden superar la cifra de 24.250 euros al año. Las aportaciones anuales máximas realizadas por cada partícipe a favor de personas con minusvalía que guardan una relación de parentesco, no podrán superar los 10.000 euros.
Además las aportaciones realizadas a favor de tu cónyuge, con un máximo de 2.500€ (siempre que los rendimientos netos de su ocupación y sus actividades económicas no superen los 8.000€ anuales) también podrán reducir-se en la base imponible del tu IRPF.
Un buen empujón para tus ahorros
Si entre el 15 de octubre y el 31 de diciembre de este año realizas traspasos o aportaciones de origen externo, de un importe igual o superior a 2.500€, siendo la fecha vinculante la de la solicitud del traspaso, a alguno de nuestros planes de pensiones: GCO Pensiones mixto fijo, GCO Pensiones mixto variable, GCO Pensiones renta variable, GCO Pensiones colectivo o a nuestro Plan de previsión asegurado, obtendrás una bonificación que se liquidará los días 18/1/2022, 18/1/2023/, 18/1/2024, 18/1/2025 y 18/1/2026 (hasta un máximo de 1.000€ por cliente y fecha), siempre y cuando, en el momento del pago, se cumplan las condiciones de la campaña que son:
- Tener contratado el producto “Cuenta cliente” o, en su defecto,
- Tener contratados, en vigor y al corriente de pago, al menos dos pólizas/planes de alguna de las cuatro tipologías siguientes: Póliza de vida individual con pago de prima prevista, Plan de pensiones con pago de aportación prevista, Póliza de familia-hogar, Póliza del automóvil.
Por supuesto no debes haber tenido lugar ninguna prestación o traspaso, total o parcial, hacia otras entidades antes de las fechas indicadas, y si se cumplen los requisitos anteriores, se te abonará el 1%, siendo la bonificación anual del 0,20%. Si, en el momento del pago, el cliente hubiese abonado en los últimos doce meses una aportación prevista (o aportación planificada periódica) de al menos 1.200€ en productos de previsión en campaña, el premio será del 2%, es decir, el 0,40% anual. En el quinto año, el premio se incrementa un 1%, si el valor acumulado de los productos de previsión en campaña es superior a 25.000€ y, además, se cumplen las condiciones anteriores.
Ahorra con nosotros y gana más. Si deseas obtener más información no dudes en contactarnos y te ayudaremos a definir tu futuro Plan de Pensiones o PPA que mejor se adapte a tus necesidades.