Leer estas líneas ahora es tan tarde como escribirlas en estos momentos. Al menos en cuanto a la Renta de este año 2019, pero no para la del próximo año, o para los siguientes ejercicios. Si acabamos de descubrir que formamos parte del 20% aproximadamente de los obligados a pagar por el tributo, es un buen momento para “hacer un pensamiento”.

Hay que tomar conciencia de ambos aspectos para concluir que quizás es un buen momento para adherirnos a un Plan de Pensiones, que es una modalidad de ahorro-previsión que se constituye por las aportaciones de una colectividad de partícipes, con cuyo patrimonio colectivo un equipo gestor de profesionales realizarán inversiones financieras orientadas a hacer crecer el referido patrimonio, favoreciendo así la generación de los llamados “derechos consolidados”, que constituirán el fondo futuro de los que podremos disfrutar, con carácter general y en alguna de las formas permitidas por la normativa aplicable, en el momento de nuestra jubilación, complementando así la posible prestación pública a la que podamos tener derecho por estas prestaciones de origen privado constituidas por las aportaciones realizadas durante los años.

Durante el plazo que realizamos aportaciones al plan de pensiones nos podremos beneficiar además de un tratamiento fiscal favorable a efectos del IRPF, ya que las aportaciones realizadas (que pueden llegar hasta el 30% de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas o profesionales durante el ejercicio fiscal, con el límite de 8000 €) reducen la base imponible del impuesto, con lo cual también se ve reducido el tipo de gravamen aplicable, y consecuentemente la cuota del impuesto a pagar será más baja disfrutando pues de una fiscalidad más favorable.

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